Un techo para mí

Siendo un tema de gran complejidad afectado por muchos factores e intereses, creemos que hoy todavía no ha habido voluntad política, por todos esos intereses que comentábamos anteriormente, en afrontar el problema desde planteamientos prácticos.

Reproducimos el paquete de ideas que reflejó en el número especial, que se publicó en 2021, de la revista Esfuerzo Común Laura A. Casamayor.

Un techo para mí

A través de estas líneas, me gustaría compartir con el lector mis reflexiones sobre una problemática global que nos atañe a todos y que afecta fuertemente a nuestra población joven: El acceso a una vivienda digna.

Tener un techo, un cobijo, es una de nuestras necesidades básicas de existencia. Cuando nacemos y durante nuestra infancia y adolescencia, por lo general, son nuestros padres o familiares quienes nos proveen de ese techo que necesitamos para vivir y sentirnos protegidos.  Aunque, en la realidad también hay casos donde esta premisa no se cumple.

Años más tarde, cuando somos jóvenes y buscamos independizarnos del hogar familiar, nos enfrentamos a un gran reto: acceder a una vivienda donde vivir dignamente con nuestros propios medios.

Según leemos en el artículo 47 de la Constitución Española aprobada en 1978,  nos dice:

 «Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos».

Enfocándonos en la realidad actual, me planteo una pregunta sobre esta problemática: ¿El sistema inmobiliario actual permite a nuestros jóvenes el acceso a una vivienda digna?

En los últimos meses, se está hablando mucho, desde el Gobierno, la oposición política y medios profesionales de las medidas a implemetar para mejorar la situación en el problema de los alquileres de la vivienda. Desde mi perspectiva, el sistema actual, con sus principales procesos de compraventa y arrendamiento previamente establecidos, se dirige a una población con estabilidad económica y capacidad de ahorro, dos condiciones claves para acceder exitosamente al sistema.

Por consiguiente, nuestros jóvenes, el grupo de población con más porcentaje de desempleo en la actualidad, que desean independizarse del hogar familiar, que están empezando a generar sus propios ingresos y a construir su futuro, quedan automáticamente excluidos del sistema desde el principio y, en ocasiones, por un período de larga duración. El sistema no ofrece una fórmula para nuestro jóvenes, no da respuesta a sus necesidades. El acceso a una vivienda siendo una necesidad básica y previsible, se convierte para ellos en un gran reto o irónicamente en ocasiones, un sueño inalcanzable.

El sistema requiere una revisión profunda y un rediseño de sus procesos con el fin de mejorar su desempeño, eficacia y alcance. Como diríamos desde el punto de vista ingenieril, «Una reingeniería».

Para concluir expongo 4 características que debería tener el sistema inmobiliario para responder eficazmente a las necesidades de toda la población

  1. Un enfoque social, no excluyente, donde todas las personas tengan las mismas oportunidades, basado en el hecho de que el acceso a la vivienda es un derecho.
  2. Una planificación estratégica a largo plazo, basada en la demanda futura del país apoyada en las estadísticas demográficas e indicadores macroeconómicos del país.
  3. Mecanismos de control y medición del desempeño del sistema que permitan corregir los desequilibrios entre las fuerzas que actúan (estado y sector privado).
  4. Ser de carácter contributivo, cada familia y sus miembros tendrían acceso a su plan de ahorro como futuros demandantes de una vivienda.

Como reflejan los puntos a los que hago referencia, solo desde este enfoque social, la planificación y la implicación de los poderes públicos, podremos lograr hacer realidad el nombrado artículo 47 de nuestra Constitución.

Laura A. Casamayor.

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